En este caso de Imram Firasat. Hace un tiempo, a través de la plataforma que impulso, el Foro Humanismo Secular, contacté con Imram Firasat, paquistaní que se declaraba ateo en su página web y que vivía en Madrid. Me parecía alguien a quien cuidar. Estos movimientos ateos o apóstatas por parte de personas de cultura musulmana son fundamentales para el proceso de laicización y democratización de los paises de tradición islámica.
Pero descubrí que Imram, que es refugiado político desde el 2005, había elaborado un video en España que se llama The innocent prophet (El profeta inocente), y que el Gobierno opinaba que las consecuencias de la difusión del mismo eran "altamente preocupantes" por el "riesgo real" de ataques terroristas contra nuestro país. Y había revocado su asilo con lo que se enfrenta a una deportación inminente.
Comunicado esto a la dirección de Upyd, vi con satisfacción que se tomaban el caso con la misma preocupación y alarma que yo. Por fin hoy he sabido que se ha registrado una pregunta al Gobierno. Este es su redactado:
A
LA MESA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
El Grupo Parlamentario de Unión Progreso y
Democracia, a instancia de su diputada, Irene Lozano Domingo, y al amparo de lo
dispuesto en el artículo 185 y siguientes, del vigente Reglamento de la Cámara,
presenta la siguiente pregunta para la
que se solicita respuesta por escrito sobre la privación a Imran Firasat de la
condición de refugiado político por parte del Gobierno.
Congreso de los Diputados, 14 de enero de 2013
EXPOSICIÓN
DE MOTIVOS
El ciudadano paquistaní Imran Firasat,
autor de la película “The inoccent prophet” (El profeta inocente), corre
peligro de ser expulsado de España. Firasat, que se declara exmusulmán, después
de haber practicado esa religión durante más de 25 años, disfrutaba del
estatuto de refugiado político en España desde 2005, así como de los permisos
de residencia y trabajo. Sin embargo, a raíz del anuncio de su realización de
la citada película, el Ministerio del Interior ha comenzado lo que se puede
calificar de persecución por motivos de conciencia, privándole de los permisos
de residencia y trabajo, y amenazándole con procedimientos judiciales que
pueden acabar con su expulsión de España y la deportación a su país, donde
correría graves peligros por sus opiniones críticas con la religión musulmana,
ya que la blasfemia se castiga con la pena de muerte en Paquistán.
En la citada película, Firasat expone su
punto de vista respecto al profeta de la religión islámica, con mayor o menor
acierto, con mejores o peores formas, pero en ningún caso es necesario
compartir su visión para defender su derecho a expresarla. En Europa son ya
numerosos los casos en que autores, escritores, cineastas, dibujantes, han sido
perseguidos, en algunos casos hasta la muerte, por haber criticado, satirizado,
ridiculizado o insultado a Mahoma. Baste recordar el caso de Salman Rushdie,
Ayyan Hirsi Ali o Theo Van Gogh. Las amenazas de muerte actúan sobre los
críticos del Islam como una suerte de censura previa, encaminada a coartar la
libertad de expresión de dichos autores, así como a extender la sacralización
de ciertos aspectos o personajes relevantes de la religión musulmana y la
veneración practicada por sus fieles a toda la sociedad. Una sociedad
aconfesional y abierta como la española está en la obligación de defender a
cuantos ejercen pacíficamente la crítica, por dura que sea y al margen de que
se compartan o no los puntos de vista, pues una sociedad liberal se caracteriza
precisamente por tolerar aquellas opiniones que le repugnan, y no aquellas que
comparte.
En lugar de hacer suya la defensa de la
libertad de expresión y de conciencia en la figura del refugiado Imran Firasat,
el Gobierno ha tomado medidas claramente orientadas a disuadirle de su
comportamiento, algo inaceptable en una democracia digna de tal nombre.
En
relación a lo anterior se presentan las siguientes preguntas al Gobierno:
1.- ¿Existe un informe de la Subdirección
General de Asilo (Ministerio del Interior) de fecha 3 de diciembre de 2012, que
califica la realización de una película por parte de Imran Firasat de
“actuaciones desestabilizadoras”? En caso afirmativo, ¿qué valor concede el
Gobierno a dicho informe?
2.- ¿Qué motivos han llevado al Gobierno
a privar a Firasat de la condición de refugiado político en nuestro país?
¿Considera el Gobierno que se ha dado algún cambio en la vida política o en la
legislación paquistaní que justifique el final de la protección que nuestro
país le otorgaba?
3.- ¿Tiene el Gobierno pensado utilizar
en adelante la concesión de asilo político como instrumento de presión para
reprimir las opiniones expresadas por ciudadanos libres afincados en nuestro
país?
4.- ¿Qué medidas va a tomar el Gobierno
para proteger a Firasat del riesgo de hacer públicas sus opiniones sobre el
islam libremente?
5.- ¿Considera el Gobierno que las
críticas a una religión constituyen un delito de incitación al odio?
Diputada
del GP de UPyD
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